COMPRADORES

¿Cómo sé si GIBOUDOT INMOBILIARIA me ofrecerá todas las alternativas del mercado o priorizará sus propiedades exclusivas?

En GIBOUDOT INMOBILIARIA buscamos siempre el máximo beneficio de sus clientes. Por medio de nuestro servicio de búsqueda Ud. podrá acceder a todas las oportunidades que se presentan en el mercado a través de diferentes herramientas de búsqueda.
Nosotros compartimos nuestros honorarios con nuestros colegas. De esta manera, Ud. no tendrá una mayor erogación de honorarios ni tiempo que perder poniéndose en contacto con más de una inmobiliaria a la vez.

¿Cuáles son los pasos a seguir para la COMPRA de una propiedad?

Una vez tomada la decisión de compra de una propiedad se deberán seguir una serie de pasos a efectos de concluir positivamente la compra de la misma:

1) Seña
Habiendo tomado la decisión de compra, suscribe con GIBOUDOT INMOBILIARIA una Seña , donde se establecen el precio, condiciones y demás modalidades en que se pretende adquirir la propiedad.

2) Aceptación del VENDEDOR.
Se recomienda solicitar que el propietario suscriba el Formulario, a fin de conformar la aceptación de la Seña.

3) Boleto de Compra-Venta y Escritura Traslativa de Dominio y Posesión

4) ó Directamente Escritura Traslativa de Dominio y Posesión

*Tiempo estimado entre Boleto de Compra-Venta y Escritura 30/45 días aproximadamente, según cada caso.

¿Cuándo se realiza la posesión de la propiedad?

Excepto que se pactare otra modalidad, la posesión del inmueble será entregada al COMPRADOR en el momento de otorgarse la escritura traslativa de dominio.

¿Qué pasa si alguna de las partes no se presenta a firmar el boleto de compra-venta?

1) En caso de que el COMPRADOR no se presentara a firmar el boleto de compra-venta dentro del plazo de validez de la oferta, perderá la suma entregada como Seña, produciéndose la mora automática sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, el 60% del monto percibido como Seña quedará a favor de GIBOUDOT INMOBILIARIA , como justa indemnización por el perjuicio producido. El 40% resultante del monto percibido como seña será entregado a fin de indemnizar al propietario del inmueble.

2) Si fuere el VENDEDOR quien no se presentara a firmar el respectivo boleto de compra-venta luego de prestada su conformidad, GIBOUDOT INMOBILIARIA. deberá reintegrar la suma que recibió al COMPRADOR, de acuerdo a lo pactado entre las partes en la respectiva Seña.

¿Quién designa al escribano?

Al Escribano lo designa el COMPRADOR y los gastos de escrituración correspondientes son asumidos por el COMPRADOR, salvo que las partes hayan acordado compartir los gastos arriba mencionados.