VALORACION DE BIENES MUEBLES

¿Qué es un Bien Mueble?, y Valorarlo?

Bienes Muebles son aquellos que pueden trasladarse fácilmente de un lugar a otro, manteniendo su integridad y la del inmueble en el que se hallaran depositados. Los bienes muebles son de muy diversa índole: desde bienes tangibles (ver) como el mobiliario, electrodomésticos, equipos informáticos o decoración, e incluso las cabezas de ganado, hasta bienes intangibles como la energía o los derechos de propiedad intelectual o industrial. También se consideran bienes muebles las rentas o pensiones afectas a una persona física o jurídica: el dinero, los créditos, efectos de comercio, títulos de renta, valores, y las cédulas y títulos representativos de préstamos hipotecarios; Valorarlos es determinar el valor económico o de mercado, que tiene un bien o un conjunto de bienes, en una fecha precisa, para un fin establecido. El profesional se basa sobre tres principios fundamentales: Principio de sustitución, Principio de temporalidad y Principio de finalidad, La finalidad de la valoración condiciona el enfoque, el método y las técnicas por seguir. Contemplando las Bases de la Valoración; como ser: Valor de Mercado; Valor de Costo de Reposición; Bruto o/a nuevo; Neto o /a depreciado y Valor de uso, el profesional desarrollará la pertinencia de un concepto de valor en función del cual se adoptará la metodología contemplada en la norma correspondiente para la determinación del Valor de Tasación solicitado.

¿La Valoración de un Bien Mueble tiene Costo?

La Valoración de Bienes Muebles tiene un Costo y Valor Legal. La Tarea Profesional de valorar un bien, tiene un costo dado por la Ley 14.085 “Hasta el 50% del mínimo de la escala arancelaria establecida en el apartado 1, inciso a”, es decir el 0,75 del valor del bien o bienes tasados. Si bien la ley faculta al profesional al cobro del citado arancel, Nuestra Firma suele cobrar un monto Fijo menor, con el fin de facilitarle al cliente el contar con una valoración profesional a menor costo, este último, siempre según el tipo de bien a Valorar. La Valuación se abona de la siguiente manera: 50% al momento de la visita, u observación del bien y el 50% restante al momento de entrega del informe Valorativo. Dicho informe,( debidamente membretado, rubricado, sellado, y adjuntado el bono obligatorio de Ley ) tiene valor Legal y puede ser presentado ante quien corresponda, incluso en actuaciones judiciales.